24 ene 2008

Con la ley de nuestra parte

Marcha por los derechos LGTB en París
Tomada de El País

No siempre llevamos las de perder. Afortunadamente, las leyes nos amparan y nuestras luchas se traducen en batallas ganadas. Si todas acudiéramos a los tribunales cuando se nos discrimina y no nos escondiéramos bajo la alfombra, no volverían a tratarnos como ciudadanos de segunda clase jamás. Los instrumentos legales están ahí, para ser usados por la ciudadanía que vota, paga impuestos y participa de derechos y obligaciones por igual. Os remito este artículo de El País:

La justicia europea desmontó ayer uno de los últimos obstáculos para la adopción de niños por homosexuales. La Gran Sala del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo condenó ayer a Francia por discriminar a una mujer al tener en cuenta su orientación sexual a la hora de decidir sobre una demanda de adopción solicitada por la demandante.

La sentencia, la primera del Tribunal en la que se condena a un país por discriminar a un homosexual en un proceso de adopción, sienta además jurisprudencia. Francia tendrá que pagar 10.000 euros a la demandante, además de las costas judiciales, de 14.528 euros.

La sentencia hecha pública ayer es vinculante tanto para Francia como para cualquiera de los países que han suscrito la Convención Europea de Derechos Humanos.

E. B., francesa de 45 años y profesora en una guardería inició en su país en 1998 el procedimiento para adoptar a un menor. La demandante, que vivía desde 1990 con su pareja, también mujer, declaró a los servicios de adopción su orientación sexual durante el proceso. La comisión francesa encargada de revisar las demandas de adopción rechazó la petición de E. B. siguiendo un dictamen psicológico que indicó que la falta de imagen paterna perjudicaría al menor.

La demandante inició entonces un vía crucis judicial que terminó ayer con la sentencia de la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo. Allí, 10 jueces contra 7 consideraron que hubo violación del artículo 14 de la Convención Europea de Derechos Humanos, el que prohíbe la discriminación.

En concreto, los jueces indican en la sentencia que las autoridades francesas sólo podrían haber rechazado la solicitud de adopción en el caso de que hubiera "problemas especialmente serios y convincentes" en relación con la vida privada del futuro padre o madre. Consideran que en este caso "no se daban estos motivos porque la ley francesa permite adoptar a las personas solteras, abriendo la puerta a la adopción por parte de una mujer soltera homosexual". Sostienen además que el argumento de "la falta de una figura paterna" sirvió de pretexto para ocultar la verdadera razón del rechazo de la solicitud de adopción, es decir la homosexualidad de E. B.

"El Código Civil no se pronuncia sobre la necesidad de un referente de otro sexo", argumenta la sentencia, en la que los jueces consideran que la demandante posee "cualidades personales indudables y aptitudes para educar a un niño". "Las consecuencias de esta decisión serán muy importantes", anunció ayer a los periodistas Caroline Mecary, abogada de la demandante. "A partir de ahora, Francia no podrá rechazar las demandas de adopción de personas que no estén casadas porque sean homosexuales", añadió.

La abogada estimó además que la resolución del Tribunal de Estrasburgo será aplicable a todos aquellos países que permiten la adopción a personas que no estén casadas y estimó que la decisión supone "una victoria sobre el miedo, los prejuicios y la ignorancia".

Una portavoz del Tribunal de Estrasburgo aclaró que la sentencia no implica que Francia tenga ahora que modificar su legislación, sino que simplemente tiene que aplicar la existente -la que permite adoptar a mujeres y hombres solteros- sin que se produzcan discriminaciones por razón de la orientación sexual.

En 2002, el Tribunal de Estrasburgo falló en sentido contrario en un caso similar en el que un homosexual francés alegó discriminación durante un proceso de adopción. Esta instancia judicial europea consideró entonces que Francia disponía de "un cierto margen de apreciación" en una cuestión en la que hay que conciliar "los intereses del demandante con los de los menores susceptibles de adopción". Pero en aquella ocasión no se trató de un fallo de la Gran Sala y, por tanto, no sentó jurisprudencia, según explica la portavoz del Tribunal de Estrasburgo.

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Historica/sentencia/favor/adopcion/homosexuales/elpepisoc/20080123elpepisoc_3/Tes


La respuesta de la FELGTB ante este hecho sin precedentes en Europa no se ha hecho esperar:

La FELGTB celebra el precedente que instaura el Tribunal de Estrasburgo contra la discriminación por orientación sexual
La sentencia declara que la orientación sexual no es pertinente para establecer un umbral diferente de derechos entre las personas.

[21/01/2008] La Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales, FELGTB, celebra el precedente creado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos con la condena a Francia, esta mañana, por denegar la adopción a una mujer por ser lesbiana. Esta sentencia sienta un precedente que afecta a los 47 Estados del Consejo de Europa en relación a la discriminación de carácter homosexual en una demanda de adopción. Francia ha sido condenada por discriminación por razones de orientación sexual y por violación de la vida privada y familiar.

La noticia, además de ser un importante avance en los derechos del colectivo homosexual y bisexual europeo, es una llamada de atención a todos quienes siguen considerando que las lesbianas o los gays no pueden ser madres y padres de derecho. La homosexualidad de las personas pertenece al ámbito privado y no puede ser tenida en cuenta para establecer diferentes umbrales de derecho. Esta decisión respalda los avances legales que se han dado en España durante esta última legislatura.

En materia de derechos humanos, la sociedad española está dando lecciones a países como Francia y la FELGTB se enorgullece de eso. “A quienes nos dicen que España se sale del tiesto con los avances sociales sólo decirles que España ha marcado el buen camino, y Estrasburgo nos avala”, ha declarado Antonio Poveda, presidente de la Federación.

Carmen G. Hernández, coordinadora del área de Políticas Lésbicas ha declarad que “la igualdad plena es la meta, porque los criterios basados en prejuicios y no en hechos probados sólo traen infelicidad, injusticia y discriminación”.

El coordinador del Área de Relaciones Internacionales y Derechos Humanos, David Montero, ha destacado que este avance amparará a países como Polonia, la Unión Soviética o Hungría, siempre y cuando en estos Estados se permita la adopción a las personas solteras.

http://www.felgt.org/inicio/i/26109/234/la-felgtb-celebra-el-precedente-que-instaura-el-tribunal-de-estrasburgo-contra-la-discriminacion-por?smid=45


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